Procuraduría de Protección de niñas, niños y adolescentes del sistema municipal DIF Amecameca
Los sistemas municipales deberán contarán con una Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, cuyo objeto es la protección integral y restitución de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, a través de la determinación y coordinación en la ejecución y seguimiento de las medidas de protección.
Para tal efecto se deberán establecer acciones conjuntas con las autoridades administrativas de asistencia social, de servicios de salud, de educación, de protección social, de cultura, de deporte y con todas aquellas que sean necesarias para garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes en el municipio. Para su funcionamiento la procuraduría de protección municipal deberá contar con un grupo multidisciplinario conformado por lo menos por profesionistas con cédula en las carreras de derecho, medicina, psicología y trabajo social.
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México establecerá los criterios que permitan la operación de las Procuradurías de Protección Municipal a fin de lograr una coordinación y mejor cobertura en el territorio estatal, de conformidad con lo establecido en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México y su reglamento.
Atribuciones y Actividades
I.- Procurar la protección integral de niñas, niños y adolescentes; dicha protección integral deberá abarcar por lo menos:
a) Atención médica y psicológica.
b) Respeto y promoción del buen funcionamiento de las relaciones familiares, realizando citatorios para llevar a cabo mediaciones, convenios, y actas informativas.
c) Se reciben reportes de probable vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes, y se realizan visitas domiciliarias con el grupo multidisciplinario para descartar o confirmar dicho reporte y realizar los procedimientos correspondientes a cada caso particular.
En los casos en los que se confirma el reporte y se realiza la denuncia en contra de los progenitores por violencia familiar o abandono de incapaz, al no existir redes familiares, se procede a buscar albergue en Casas de Asistencia Social para ingresar a las niñas, niños o adolescentes.
II.- Prestar asesoría y representación en suplencia a niñas, niños y adolescentes involucrados en procedimientos judiciales o administrativos, así como intervenir oficiosamente, con representación coadyuvante, en todos los procedimientos jurisdiccionales y administrativos, compareciendo y protestando cargo en los juzgados civiles para realizar las manifestaciones tendientes a la procuración de los derechos de las niñas, niños y adolescentes involucrados. Así mismo se acude a diligencias fuera del juzgado con el grupo multidisciplinario en protección a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, con el objetivo de que no resulten afectados.
III.- Prestar auxilio al juzgado cívico, interviniendo en los procedimientos en los que se requiere la representación social en protección a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, para verificar que tengan un trato especial conforme al protocolo de actuación con la finalidad de que no se les vulneren sus derechos. Así como dar el seguimiento cuando existen hechos constitutivos de delito en su persona y se brinda el acompañamiento a realizar la denuncia pertinente.
IV.- Se imparten pláticas y talleres, en los diferentes niveles educativos, con temas sobre derechos de niñas, niños y adolescentes, y los tendientes a la prevención de delitos.